Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA A LA LIBERTAD al acusado JOSE MANUEL SANCHEZ BARRAEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Portuguesa, en fecha 01-09-1978, de 27 años de edad, hijo de Saúl Urbano Sánchez y de Flor María Barraez, Vigilante de la empresa SAECO, y con domiciliado en Sector R10 calle Los Postes Negros, casa No. 4, Cabimas, Estado Zulia (Teléfono 0416-467-05-47), por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, con presentaciones cada 30 días; con la advertencia que de volver a incumplir nuevamente, a partir de la presente fecha, con una sola presentación, sin justificarla, o no co.....