DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado GIOVANNY RAFAEL FINOL QUINTERO,por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana JOALICE MARQUEZ, se decreta el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 Ejusdem