DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, acuerda NEGAR el beneficio solicitado de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado OSWALDO JOSE GARCIA FLORES, venezolano, de 30 años de edad, obrero, domiciliado en el sector sabana grande, calle Principal, Maturín Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas, en virtud de la vulneración de uno de los requisitos exigidos por la ley, ya que al referido penado se le REVOCO una formula alternativa de cumplimiento de pena.
Regístrese, Publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese copia certificada. Así mismo se acuerda remitir Copia Certificada a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y al Internado Judicial del Estado Monagas. Impóngase al penado de la presente decisión.-
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