Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 9 de agosto de 2011, por el abogado en ejercicio LUIS MANUEL AÑEZ LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado No. No. 56.835, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 1° de agosto de 2011, con relación al juicio de NULIDAD DEL ACTO que sigue la ciudadana DIANA MARGARITA TORRES ALTAMIRANDA, ya identificada, contra la cooperativa COTREPETROL 081 R.S, previamente identificada.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enriqu.....