Por los argumentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la solicitud presentada por la Representación Fiscal, en relacion a la solicitud de prorroga a la medida cautelar de libertad decretada a los acusados NASUMER CANTILLO, MARILU MONTIEL Y ASIA ANZOLA, a quienes se les sigue causa por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO CON CIRCUNSTANIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la ley orgánica de drogas, en concordancia con el articulo 163 ejusdem y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la ley contra la delincuencia organizada y financiamiento a terrorismo, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, toda vez que el lapso para su interposición se encuent.....