DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por los ciudadanos LEONEL MENDOZA y LEONOR CABRERA, en beneficio de la niña DARIELVYS MENDOZA CABRERA, en fecha 11-02-2011, por la Defensoría anteriormente mencionada, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los 09 días del mes de Marzo de 2.011. Años: 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal Nº 1,
Dr. Héctor Ramón Peñaranda Quintero.
.....