DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por el Abg. Pedro José Troconis Da Silva, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos KENNY LEONARDO MENDOZA DUN y WALTER JUNIOR PÉREZ REA, contra la decisión de fecha 20/08/2014 y fundamentada en fecha 31/10/2014, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 5 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual DECLARÓ CULPABLES Y CONDENÓ a los ciudadanos KENNY LEONARDO MENDOZA DUN y WALTER JUNIOR PÉREZ REA, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS Y SEIS (6) MESES de prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO AGRAVADO DE DROGA EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, tipificado en el segundo aparte del artículo 149 en concordancia con el a.....