DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: ANULAR DE OFICIO la decisión No. 0506-10, de fecha 09 de junio de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se declaró parcialmente Con Lugar la solicitud que hiciere el Abogado LUIS ENRIQUE DÍAZ en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en la cual se requiere la Ejecución Forzosa de la Sentencia de fecha 12 de agosto de 2005, signada con el No. 021-05, emanada del mencionado Tribunal, así como que se decrete Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la Sociedad Mercantil Hidrológica del Lago de Maracaibo (HIDROLAGO), a los fines de cubrir la cantidad de BSF.416.729,00, que comprende el doble de l.....