PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos ABRAHAN JOSÉ RIVERO NATERA y MARIA DEL VALLE MATA IBARRETO, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante la Autoridad Civil del registro Civil del Municipio Guanipa del estado Anzoátegui, en fecha 20-12-07, según acta asentada bajo el Nro. 306, Libro principal Nro. 2, folios 211 y 212.