DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. ELIDA ELENA ORTIZ, actuando con el carácter de Jueza Profesional integrante de esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, planteada de conformidad con el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem, en el asunto principal signado con el N° VP02-R-2013-000114, en virtud del fallo N° 1201, emitido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03 de octubre de 2014, mediante la cual, anuló la decisión N° 066-13, dictada por esta Alzada en fecha 12 de marzo de 2013, declarando en esa oportunidad, inadmisible el recurso de apelación de autos interpuesto por la abogada YAZMIN URDANETA OLM.....