Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO basada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JUAN FELINO NARANJO PONCE DE LEON y MARIA ELENA AREVALO DE NARANJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-30.891.419 y V-4.153.179, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante La Embajada de la Republica Bolivariana de Venezuela en Cuba, el día siete (07) de octubre de (2005), según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio No.64/2005, expedida por la mencionada autoridad e inserta por ante el R.....