este Tribunal provee conforme a lo solicitado en consecuencia, ordena la suspensión de la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha 28 de enero de 2011, sobre inmueble constituido por una vivienda distinguido con las siglas A2, y su terreno propio distinguido con el número 46, así como toda clase de mejoras y bienhechurías y demás adherencias y pertenencias propias, ubicado en la avenida 2 de la Urbanización o Parcelamiento denominado "Conjunto Residencial Moruy, ubicado en la vía de la circulación vehicular, construida sobre una parte de mayor extensión de terreno propiedad de Dunas del Mar, este Tribunal provee conforme a lo solicitado en consecuencia, C. A. denominada Av. 10-A, esquina con la calle 19, esta última la cual conduce a la Av. 11-A que parte de la calle 25 (antes avenida o calle 18 y luego calle 20) en el antiguo sector Santa Rosa de Tierra de la ciudad de Maracaibo, situado en jurisdicción del antiguo Municipio Coquivacoa, Distrito Maraca.....