En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE su aprobación y homologación al DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento efectuado por las partes en la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentada por la sociedad mercantil ECOMONAGAS SOLUCIONES AMBIENTALES C.A., contra la sociedad mercantil PETREVEN SERVICIOS Y PERFORAIONES PETROLERAS, C.A., ambas identificadas en autos. En relación a la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO DE BIENES MUEBLES decretada por este Tribunal en fecha 26 de julio del 2.023, se ordena levantar la mismas una vez que quede definitivamente firme la sentencia.-
Publíquese regístrese y déjese constancia en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como copia para el copiador de sentencias.
Dado, firmad.....