Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar PROCEDENTE, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, realizada por la ciudadana LUISANA CAROLINA LEÓN SOCORRO y no objetada por el ciudadano EDUARDO JAVIER LEÓN BRIÑEZ, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos LUISANA CAROLINA LEÓN SOCORRO y EDUARDO JAVIER LEÓN BRIÑEZ, en fecha treinta (30) de diciembre de 2011, ante la Registradora Civil de la Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo del Estado .....