, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el presente acuerdo solamente de los conceptos establecidos en el libelo de la demanda y que se dan por reproducidos en esta acta, le imparte el carácter de Cosa Juzgada, da por terminada la presente causa y se abstiene de ordena el archivo definitivo de la presente causa, hasta tanto conste en actas procesales, la cancelación total de la obligación aquí contraída. Este tribunal les hace entrega a las partes de las pruebas consignada en la audiencia preliminar. Así se decide.
EL JUEZ
ABOG. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT
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