este Despacho Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley, habiendo constatado de autos la documentación necesaria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana: WILMA MARINA GONZALEZ FAJARDO, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.223.372, en beneficio de su hija, antes identificada. SEGUNDO: AUTORIZAR a la referida ciudadana WILMA MARINA GONZALEZ FAJARDO, antes identificada, para que en nombre y representación de su mencionada hija, acuda ante la Dirección del Hospital Miguel Pérez Carreño, ubicado en Vuelta El Pescozón, Vista Alegre, Caracas, Distrito Capital, y ante cualquier otro organismo, público o privado, y/o entidad bancaria para gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente a la mencionada adolescente en las acreencias y beneficios en las que resul.....