Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Decreta de oficio la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado ELI ALFONZO LOPEZ TREJO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 28-02-1961, de 53 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio tecnico superior en electrónica, titular de la cedula de identidad N° 10.546787, Hijo de MARIA TREJO (Difunta) y ELIO LOPEZ (Difunto), residenciado en sierra maestra calle: 9, con avenida: 12, casa: 11-70, Estado Zulia, por encontrarse incursa presuntamente en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 153 DE LA LEY ORGÁNICA DE DROGAS, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y acuerda la Privación Judicial Preventiva de L.....