En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la por la DRA. GLEDYS CHAVEZ FINOL, procediendo con el carácter de Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, contra las decisiones dictadas por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11 y 12 de septiembre de 2003, respectivamente, con relación a la causa seguida por este Despacho Fiscal, bajo el N° C24-F3-1436 en contra de los imputados DENNY ALBERTO PANTOJA Y LEONEL ANTONIO ARRIETA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, cometido en pe de la ciudadana MARIA TIBISAI GARCIA MORALES. .....