.....DECLARA: La INADMISIBILIDAD de la presente acción de Amparo Constitucional, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6, ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucional, interpuesto por el ciudadano abogado Reinaldo José Narváez, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa BAKER HUGHES VENEZUELA, sociedad en Comandita por Acciones; en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS, identificados en autos.