Por las razones anteriormente consideradas, Juzgado del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA hoy denominada OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la Abg. LERIDA RODRIGUEZ en su carácter de Fiscal Octavo (E) del Ministerio Publico, con competencia en el Sistema de Protección del niño y el Adolescente del Estado Monagas, en representación de los derechos de la niña (Se omite de conformidad con lo establecido en él articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano YOEL JOSE PRESILLA FUENTES, ya identificado, estableciéndose la obligación alimentaría de la siguiente manera: VEINTICINCO POR CIENTO (25%) .....