Mediante auto se REVOCA el cambio de reclusión desde la Comandancia de la Policía del estado Monagas hasta el asiento familiar, es decir Detención Domiciliaria (Con Supervisión Policial), en la calle Sin Ley, casa S/N, cerca del tecnológico de Caripito Caripito Estado Monagas, acordado en fecha 25-04-2008, al acusado ILDEMARO BARRETO BRITO; y en consecuencia se ordena la captura del mismo; por considerar su aptitud, contraria a los fines del proceso, ya que sin causa justificada se evadió de del sitio donde estaba recluido, (su morada), tal y como se evidencia del acta Policial de fecha 30-07-2008, tal como se le impuso en su oportunidad. Todo lo anterior se verificó conforme a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 262 de nuestra Ley Adjetiva Penal. De conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.