Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el Abogado en ejercicio RICHARD PAÚL LINARES (INPRE N° 93.634) obrando con el carácter de defensor del ciudadano LUIS ALBERTO GIL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.863.388, a quien se le atribuye la presunta comisión de los delitos de Actos lascivos Violentos y Homicidio, cometidos en perjuicio de los ciudadanos FRANCIA GONZÁLEZ y FEDERICO GONZÁLEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal dictada en fecha 22 de Junio de 2005, por haber quedado evidenciada la inexistencia de una respuesta oportuna, conforme a lo ordenado en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Ve.....