Con base a los fundamentos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Niega la solicitud propuesta por la Defensa del ciudadano imputado ARMANDO JOSE DIAZ FERRER, Venezolano, Natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón, del Estado Zulia, nacido el 28-06-85, de 19 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-17.186.028, estado civil soltero, profesión u Oficio Estudiante, Alfabeto, hijo de GEL CECILIO DIAZ y de ANGELA AURORA FERRER, residenciado en el Barrio Juan de Dios González, Avenida 7 bis, casa 5-122, a tres casas del Abasto Los Chinitos, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien se le sigue proceso por la comisión del delito de HURTO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 451 del reformado Código Penal Vigente, en perjui.....