CON LUGAR la Fijación de Obligación de Manutención interpuesto por el ciudadano Tewis Antonio Villasmil Núñez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.301.913, en contra de la ciudadana Jocelyn Carolina River Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.832.015, en relación con la niña OMITIDO ARTICULO 65 LOPNNA.
En consecuencia, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención ordinaria mensual para la niña OMITIDO ARTICULO 65 LOPNNA, la cantidad equivalente al dieciséis punto sesenta y seis por ciento (16.66%) del salario básico que devenga el ciudadano Tewis Antonio Villasmil Núñez, luego de hechas las deducciones de ley.
2. FIJA para el mes de agosto, adicional a la cuota de manutención ordinaria, la cantidad equivalente al dieciséis punto sesenta y seis por ciento (16.66%) del bono vacacional y bono post vacacional que le corresponda al ciudadano Tewis Antonio Villasmil Núñez, má.....