Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados EDISON OLIVARES CHIN y AUXILIADORA NAVA VILORIA, obrando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano HELIMENAS JOSÉ CHIRINOS, identificado en actas, en la causa seguida en contra del acusado LUIS JAVIER ACOSTA CARDOZO, identificado en actas, y SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en fecha 18 de Mayo de 2009, por haberse violentado derechos y garantías constitucionales, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal .....