En mérito a las razones antes expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano OCTAVIO SEGUNDO PUELLO GAMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.713.976, asistido por la ABOG. ZULEIMA ORFILA NEGRETTE, inscrita en el impreabogado bajo el No. 96.073; y en consecuencia se ORDENA LA DEVOLUCION del vehículo: MARCA: FIAT, USO: PARTICULAR, COLOR: GRIS, AÑO: 2005, PLACAS: GCK-19L, MODELO: UNO FIRE 1.3 8V, SERIAL DE CARROCERIA: 9BD15827654641575, SERIAL DEL MOTOR 178E80116243653, el cual se encuentra depositado en el Estacionamiento Judicial SANTA GUILLERMINA, al ciudadano OCTAVIO SEGUNDO PUELLO GAMEZ, ya identificado, todo conformidad con lo dispuesto en lo artículos 311 del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos líbrese oficio al Coordinado.....