EL FALLO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
* CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la profesional del derecho BIANCA MAS Y RUBI MORALES, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 15 de febrero de 2011 y, en consecuencia:
* Queda REVOCADA la decisión recurrida en todas sus partes
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, d.....