En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO PÚBLICO presentado por el ciudadano JULIAN DEL JESUS ALFONZO, por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, donde consta que en fecha veinticinco (25) de noviembre de 1979, bajo el N° 95, folios 124 vto. al 126, Protocolo Primero, Tomo 2, Cuarto Trimestre de 1979.-
SEGUNDO: Se ordena corregir el error alegado en dicho documento de la siguiente manera: donde se lee: "titular de la cédula de identidad N° 2.168.988", debe decir... "titular de la cédula de identidad N° 1.327.678" que es como verdaderamente corresponde.-
TERCERO: Se ordena participar mediante oficio a la Registradora Inmobiliaria Subalterna del Registro Público del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta y a la Registradora Principal respectiva, con el objeto de que se sirva corregir el error alegado en el Documento Público asen.....