Este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dándole cumplimiento al presente exhorto, y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el inmueble anteriormente identificado, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la calle 70; SUR: Con propiedad que es o fue de Ramón de Jesús Rangel; ESTE: Con la avenida 16; y OESTE: Con propiedad que es o fue de Mercedes Guzmán de Diaz; haciendo formal entrega del mismo al secuestratario judicial designado ciudadano ALEJANDRO JAVIER ROMAN NEGRON, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto libre de bienes y de personas