En el día de hoy, ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬08 de Junio del año dos mil seis, siendo las 2:10PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en las oficinas de P.D.V.S.A, ubicadas en el Edificio Miranda, Avenida La Limpia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 02. CON SEDE EN CABIMAS.- Con motivo del Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana MAGALY JOSEFINA HERNANDEZ QUINTERO, portadora de la Cédula de Identidad No. 10.595.270 contra el ciudadano EDGAR JOSE GUTIERREZ PIÑA, portador de la Cédula de Identidad No. 7.844.561.- En este estado presente el ciudadano (a): MIRLIS GUERRERO, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 15.163.762, quién se identifico con el carácter de ASISTENTE ADMINISTRATIVO. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó MEDIDA DE EMBARGO y ORDENÓ RETENER: PRIMERO: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO, que le puedan corresponder al demandado, ciudadano EDGAR JOSE GUTIERREZ PIÑA, titular de la Cédula de Identidad No. 7.844.561, como Trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A PETRÓLEO S.A, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere. La cantidad correspondiente deberá ser remitida en cheques de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 02. CON SEDE EN CABIMAS.- EXP. No. 2U-5423-05. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a las notificaciones impartidas por la Sala de Protección de las cuales doy a mi representada por notificada. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados ORDENANDO RETENER las mismas. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 2:15PM.-


LA JUEZ,


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO: