Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la Querella Interdictal Restitutoria, propuesto por el ciudadano IGNACIO SANCHEZ GONZALEZ, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.927.969, y domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, en contra de la ciudadana HILDA ROSA RAMIREZ, también conocida como HILDA ROQUEZ, quién es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.636.316, y domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia; tomando como fundamentos los argumentos antes expuestos.
Actuaron como apoderados judiciales de la parte querellante, los profesionales del derecho ALEIDA GONZALEZ VALBUENA y VICTOR GONZALEZ CASTRO, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 12.339 y 13.552 y como apoderados de.....