Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, ACEPTA la solicitud interpuesta de ARCHIVO FISCAL, decretado por la Fiscalía del Ministerio Público, a favor del ciudadano: ANGEL CUSTODIO NAVA. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 y 108, ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente se DECRETA EL CESE INMEDIATO de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las contempladas en el artículo 256.3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que pesa sobre el imputado de autos.-
Regístrese la presente decisión, déjese copia en archivo y remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en su debida oportunidad, a los fines de su archivo.
LA JUEZ DE CONTROL,
DRA. NOLA GÓMEZ RAMÍREZ