SOBRE EL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal deja constancia que para el momento de su constitución en el inmueble, constata que el Local (Galpón) se encuentra totalmente desocupado, y que dentro del mismo constata este Tribunal, que no funciona empresa alguna para este momento. SOBRE EL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja constancia que en el interior del inmueble no se encuentra ningún tipo de maquinarias o equipos. En este estado, presente el ciudadano DAVID RAFAEL GONZALEZ PIÑA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 9.736.416 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio de este domicilio CLAUDIO ENRIQUE GRANADILLO AVILA y MARTIN GONZALEZ PIÑA, plenamente identificado en actas, expuso: Solicito al Tribunal deje sin efecto alguno el Traslado a practicarse en el otro inmueble señalado en la solicitud, por cuanto no es necesaria la práctica de la Inspección en dicho inmueble en este ac.....