DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Titulo Supletorio formulada por el ciudadano YOVANE ENRIQUE CHACIN AÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.890.929, domiciliado en la población de saltanejo, del Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, por cumplir con las pruebas, en consecuencia DECRETA: ÚNICO: TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO a favor del ciudadano YOVANE ENRIQUE CHACIN AÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.890.929, domiciliado en la población de saltanejo, del Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, sobre las bienhechurías antes mencionadas y descr.....