Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 02-12-2007, por lo que hasta el día de hoy, 08-04-2008, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido CUATRO (04) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.-Cumple la Pena Principal el día: 02-12-2010.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 02-09-2008, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 02-12-2008, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 02-06-2009.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 02-12-2009, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 02-03-2010, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 08-07-2011.- Regístrese la presente Resoluci.....