Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Primero: DENIEGA la solicitud planteada por el ciudadano JHON RICARDO URDANETA FINOL, asistido del abogado en ejercicio JAVIER LUIS ORTIGOZA FINOL, respecto a que se le fije un plazo prudencial al representante del Ministerio Público, para que dicte un acto conclusivo, por cuanto la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en ninguno de sus articulados, establece que el imputado pueda solicitar que se le fije al Ministerio Público, un plazo para la conclusión de la investigación, Segundo: ORDENA notificar al ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la omisión incurrida en la presen.....