DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
• HOMOLOGADO el Convenimiento celebrado por los ciudadanos ELIAS ANTONIO VALBUENA TERAN y VERENA JOSEFINA YEPEZ, en el juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL, ambos plenamente identificados en actas.
• Se declara terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente
Publíquese y regístrese esta resolución. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los Artículos 3º y 9º del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.