En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito por la parte demandante en el juicio de COBRO DE BOLIVARER (INTIMACION) seguido por el ciudadano JERRY SALAZARR VICUÑA contra ZULEIDY DE LA CRUZ BRACHO PEREZ; ya antes identificados, pasando en autoridad de cosa juzgada.- Así mismo se ordena devolver los documentos originales, dejándose copia certificada de los mismos.-