administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, ciudadano MARCO VINICIO D?AMBROSIO SCIFO, a los ciudadanos MARIO D?AMBROSIO REA y MARÍA AUXILIADORA SCIFO de D?AMBROSIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.303.025 y 9.303.026, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en su condición de padres del finado antes mencionado.
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