En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano RAYVER JOSE GOMEZ ROJAS, de nacionalidad Venezolano, natural de Manzanillo, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 08.02.1988, de 21 años de edad, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad Nº V-20.536.087, residenciado en Calle Las Casitas, casa de bloque sin frisar, cerca del Centro Comercial Xiomera, Manzanillo, Municipio Antolin Del Campo. Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena UN (1) AÑO Y DIEZ (10) MESES DE PRISION , por la comisión del delito de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES, y AMENAZA AGRAVADA previstos y sancionados en los artículos 415 del Código Penal, y artículo 41 en relación con el artículo 65 ordinal 3° de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujere.....