QUINTO: Ambas partes solicitan al Tribunal se sirva impartirle su Homologación a la presente Transacción, dándole efectos de cosa juzgada; en consecuencia de por terminado el presente procedimiento, y ordene el archivo definitivo del expediente. El Tribunal visto los términos de la Transacción celebrada por las partes, por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su Homologación, dándole efectos de cosa juzgada; en consecuencia da por terminado el presente procedimiento, ordena el cierre informático y archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento total del pago convenido. Finalmente el Tribunal deja constancia que se hizo entrega a las partes de los medios probatorios promovidos en la oportunidad legal pertinente.-
Es todo, termino, se leyó y conformes firman,
LA JUEZA,
ABG. JHACNINI TORRES CHIRINOS .....