Por los fundamentos antes expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento en Divorcio requerida por los ciudadanos ALEXIS JOSE CHIRINO REYES y BRENDA CARLINA PEÑA BARRANCOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de identidad No. V-16.829.605 y V-18.808.232, respectivamente
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante Concejo Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, según acta Nº 09, expedida por el mismo.
c) En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la Obligación de Manutención y a.....