Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus CIRA DE LAS MERCEDES ROMERO RUÍZ; quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 4.741.786, fallecida el siete (07) de septiembre de 2021, en jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, al ciudadano LEOPOLDO JOSÉ RODRÍGUEZ PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.173.644, domiciliado en la casa número 166-B, calle número 1, Urbanización Las 40, Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en su condición de esposo de la causante y a los ciudadanos JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ROMERO, JOSMAN LEONEL RODRÍGU.....