Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la PRÓRROGA de NOVENTA (90) DÌAS continuos, solicitada por la Fiscalía 47 del Ministerio Público, la cual comenzará al vencimiento de los cuatro meses iniciados el día 15-03-10, para que la representante Fiscal, presente el acto conclusivo respectivo, en la causa seguida a EVALDO JOSE FARIA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-5.713.680 y con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 42, 39 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana HECMAR ROSIEL HERNANDEZ RINCON, de co.....