PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos EDUVIGES LEAL DE GOMEZ y MARCO AURELIO GOMEZ, venezolanos por nacionalización, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-25.182.427 y V-20.881.065, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 13 de julio de 1977, cuya Acta se encuentra inserta ante el Jefe Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 13 de marzo de 1990, bajo el Nº 120.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados manifestaron que procrearon seis (6) hijos de nombres YASMIN ELENA, JEAN CARLOS, YULEY MARGARITA, PEDRO AGUSTIN ORLANDO Y GERADO GOMEZ LEAL, todos mayores de edad y que no adquirieron bienes comunes.