PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARIANELA CRUZ, apoderada judicial de la parte actora, CONDOMINIO RESIDENCIAS RIVOLI, en contra de la sentencia dictada en fecha 06.08.2003 por el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada en fecha 06.08.2003 por el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, quedando en plena vigencia la medida de embargo ejecutiva decretada en fecha 28.05.2002 por el mencionado Juzgado.
TERCERO: Se condena en costas a los terceros opositores, por haber resultado totalmente vencidos en la presente incidencia.