DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos KARINA DEL VALLE LOYO SILVA y EDUARDO ANTONIO LUGO MENDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 21.190.910 y 13.129.346, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil tres (2.003), por ante el Intendente Municipal del Municipio Simón Bolívar, Estado Zulia, bajo el N° 35, Año: 2.003.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho VERONICA LOPEZ ARAMBULET, inscrita en el Instituto.....