Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ADMITIR LA QUERELLA ACUSATORIA, incoada por el ciudadano Abg. MIGUEL JAVIER PUCHE URDANETA, en nombre y representación de los ciudadanos ANGEL FRANCISCO PAZ SALAZAR, venezolano, de 54 años de edad, de oficio vigilante, titular de la cédula de identidad número V-7.607.595, residenciado en el Barrio Simón Bolívar Av. Principal casa N° 99-H del estado Zulia; y GONZALO JOSE MENDEZ MACIAS, venezolano, casado, de 54 años de edad, vigilante, titular de la cédula de identidad número V-4.567.042, residenciado en la Av. 71B, casa N° 108 Sector El Gaitero del estado Zulia; en contra de las sociedades mercantiles PETROBRAS ENERGIA DE VENEZUELA, S.A y SERENOS NACIONALES DEL ZULIA, C.A (SENAZUCA), representada por los c.....