En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus, a los ciudadanos CARMEN DOLORES MONTIEL DE FERNÁNDEZ, JOSE VICENTE FERNÁNDEZ MONTIEL, VANESSA DEL CARMEN FERNÁNDEZ MONTIEL y EMIRO JOSÉ FERNÁNDEZ MONTIEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-5.111.368, V-14.833.448, V-16.623.861 y V-19.646.313, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA.....