declara:
a) Perimida la Instancia en el presente juicio de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana TIBISAY COROMOTO GARCES CEPEDA, en contra del ciudadano OSMAN RICARDO SOSA VILLARREAL, ya identificados, en beneficio de los niños y/o adolescentes (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).-
b) Mantiene en Vigencia por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede definidamente firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección, las medidas preventivas de embargo decretadas por esta Sala de Juicio No. 4, en fecha 08 de abril de 2005 y ejecutadas por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, San Francisco, Jesús Enrique Lossada, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 04 de mayo de 2005.-
c) Autoriza suficientemente a la ciudadana TIBISAY COROMOTO GARCES CEPEDA, para retire la totalidad de los haberes que se encuen.....